9/3/11

Trabajo de la Comisión de Vivienda del Preconsejo Consultivo Comuna 8

DOCUMENTO COMISION DE VIVIENDA

Lo primero a establecer cuando se van a tratar temas relacionados con la vivienda y el derecho que tienen todos los ciudadanos a una vivienda digna es conocer a que nos estamos refiriendo cuando se habla de dicho derecho y su contenido.
A ese fin, podemos verificar que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce expresamente en su Art. 11 el derecho a una vivienda digna. Ahora bien; el Comité que actúa como órgano de aplicación del Pacto, en su Observación General nº 4, nos da claramente los parámetros de ese derecho y su contenido cuando afirma que “...el derecho a la vivienda no se debe interpretar en un sentido estricto o restrictivo que lo equipare, por ejemplo, con el cobijo que resulta del mero hecho de tener un tejado por encima de la cabeza... Debe considerarse más bien como el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad en alguna parte”.
Surge de la citada observación, que el derecho a una vivienda digna, es mucho más extenso que el acceso a un techo. Concretamente ese derecho y su contenido esta dado por poder acceder, mantener y gozar plenamente de una vivienda en condiciones dignas.
Con base en ello, para poder verse materializado dicho derecho, el techo o vivienda tiene que contar con toda la infraestructura a cargo del estado (o como algunos actualmente en manos privadas) para poder ser digna; la cual esta compuesta por ejemplo por los servicios de luz, gas, agua, comunicación, cloacas, transporte, seguridad, higiene, calles en buen estado, estructura que evite las inundaciones de la zona, y por supuesto derechos inalienables de todo ser humano como el acceso a la salud y a la educación (enumeración no limitativa de otros derechos y servicios necesarios no enunciados).
Ahora bien, los vecinos que habitamos actualmente en los barrios de Villa Soldati, Villa Lugano y Villa Riachuelo (Comuna 8) podamos afirmar sin lugar a cuestionamiento válido alguno, que actualmente –y desde hace mucho tiempo- no contamos con la infraestructura básica referida precedentemente y a cargo del estado, dado que la existente se encuentra totalmente colapsada, tornándose consecuentemente en insuficiente y deficiente para vivir dignamente en nuestros barrios.
Con sustento en lo expuesto precedentemente y confrontado ello con el concepto y contenido del derecho a una vivienda digna citado, es claro que los que habitamos los barrios que conforman la Comuna 8 (al igual que los que en el futuro se muden a alguno de estos barrios en virtud de las viviendas sociales que se encuentran en construcción), no podemos ver materializado en los hechos el acceso y goce de nuestro derecho a una vivienda digna.
Por todo ello es claro que lo primero e inmediato que necesitan nuestros barrios son políticas activas tendientes a darnos toda la infraestructura necesaria a fin de vivir dignamente y poder gozar de nuestro derecho a una vivienda digna.
De ahí que es indiscutible que la Comuna 8 no resiste más construcciones de viviendas o barrios, dado que empeorarían más la situación en la que nos encontramos los que la habitamos actualmente; y en su caso los potenciales beneficiarios de planes de viviendas que se quisieren realizar en la zona, tampoco verían materializados su derecho, en virtud del estado en que se encuentra la zona, tal ya se expresara precedentemente.
A modo de conclusión del presente documento, decimos y exigimos:
1- Que se instrumenten políticas activas por parte del estado a fin de que los vecinos de la Comuna 8 podamos contar con toda la infraestructura que necesitamos para poder gozar y ver materializados nuestros derechos constitucionales y en este caso el de una vivienda digna.
2- Que no se instrumenten ni planifiquen más planes de construcción de viviendas o barrios en esta zona a fin de que no se empeore la situación en la que nos encontramos actualmente y que vivimos diariamente los habitantes de la Comuna 8 de esta CABA.

Con respecto a los espacios verdes, a modo de conclusión, también decimos y exigimos lo siguiente:
Capacidad de determinación por parte de los vecinos de la Comuna 8, sobre todos los espacios verdes, no construidos y usurpados de la misma. Fijando en un principio que en los mismos sólo está permitido la ejecución de parques y plazas con sus instalaciones accesorias. Únicamente revocable por consulta específica sobre los mismos circunscripta al barrio (Lugano, Villa Soldati, Villa Riachuelo) o zona próxima afectada.

Como medida complementaria, y a los efectos de tomar las acciones necesarias para la corrección de las deficiencias y carencias expresadas en los puntos anteriores, solicitamos:

CENSO HABITACIONAL total en la Comuna 8ª que comprenda a las viviendas familiares únicas (barrio viejo), viviendas sociales y viviendas precarias, registrando en modo fehaciente a los habitantes de cada sector para declarar la Emergencia de Infraestructura , y planificar las acciones subsecuentes para resolver la situación en los aspectos de higiene, seguridad, orden público, salud, cultura, educación, deportes y recreación, etc.




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